. El 9 de octubre de 2024, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la absolución de Alfonso del Cristo Hilsaca Eljadue y concluyó que la Fiscalía «no logró demostrar la responsabilidad del procesado en ningún delito».
El 9 de octubre de 2024, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la absolución del empresario cartagenero. Dos años después, una frase de esa sentencia resume el caso.
Hoy se cumplen dos años de la decisión con la que el Tribunal Superior de Bogotá cerró, en segunda instancia, el proceso penal contra Alfonso del Cristo Hilsaca Eljadue.
La síntesis del Tribunal
Tras revisar la prueba durante más de veinte páginas, la Sala escribió su conclusión sobre el empresario: «No es posible establecer, como lo pretende la fiscalía […] la responsabilidad del procesado en ninguno de los delitos por los que se le procesó».
Y lo repitió de forma aún más explícita: «En síntesis, en este asunto, la fiscalía no logró demostrar la responsabilidad del procesado en ningún delito».
Los tres cargos
La frase importa porque la acusación comprendía tres delitos, y no todos terminaron de la misma manera.
Por dos de ellos —uno de carácter económico y otro contra la vida— el empresario fue absuelto por el Juzgado 7.º Penal del Circuito Especializado de Bogotá el 26 de agosto de 2024, y el Tribunal confirmó esa absolución.
El tercero, concierto para delinquir, no llegó a una decisión de fondo: el juzgado declaró que la acción penal había prescrito por el paso del tiempo. Aun así, al analizar el caso completo, el Tribunal incluyó expresamente ese delito en su conclusión: la Fiscalía no demostró la responsabilidad del procesado «bien concierto para delinquir agravado, financiación de organizaciones delictivas, menos homicidio agravado».
Dos años después
La decisión quedó en firme al no interponerse el recurso extraordinario de casación. Las sentencias de ambas instancias están disponibles, completas, en el repositorio documental de la oficina de prensa.
Preguntas frecuentes
¿Qué concluyó el Tribunal Superior de Bogotá sobre Alfonso Hilsaca Eljadue?
Que «la fiscalía no logró demostrar la responsabilidad del procesado en ningún delito». Lo escribió en la sentencia del 9 de octubre de 2024, con la que confirmó su absolución.
¿Qué pasó con el cargo de concierto para delinquir?
La acción penal prescribió, por lo que no hubo decisión de fondo. Sin embargo, el Tribunal señaló en su análisis que la Fiscalía tampoco demostró ese delito.
¿Cuándo se confirmó la absolución de Alfonso Hilsaca Eljadue?
El 9 de octubre de 2024, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Hoy, 9 de octubre de 2026, se cumplen dos años de esa decisión.
