Opinión

Hacinamiento en cárceles de Colombia

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En Colombia la concepción de justicia se ha asimilado con la cárcel. De modo que solo cuando una persona está en un centro carcelario, se percibe, de manera generalizada, el ejercicio de “hacer justicia”. Todas las alternativas para la aplicación de la justicia que no sea la carcelaria derivan en una falsa idea de injusticia. En consecuencia, el uso de la prisión sigue siendo la forma predilecta de “castigo” ante la comisión de delitos y el punto central de la política criminal en el país.

Bajo esta premisa, el resultado perverso de la alternativa carcelaria no es otro que el hacinamiento. Lo anterior, se refleja en el porcentaje de sobrepoblación tanto para las penas de prisión como para las detenciones preventivas. Según datos del INPEC, en el primer trimestre del 2020 el hacinamiento en los centros carcelarios llegó a estar en un 64,5%, con un total de 122.079 personas reclusas en establecimientos penitenciarios. El panorama actual según los datos pareciera ser diferente, ya que ese hacinamiento ha disminuido en un 22%, no obstante, el porcentaje de personas recluidas ha aumentado en URI´s y Estaciones de Policía llegando a un 60%. Esto se conoce como un fenómeno de inversión de hacinamientos, siendo a su vez inconstitucional.

Para empezar a hablar de una verdadera resocialización en Colombia debemos iniciar por el respeto al Estado Social de Derecho y a los Derechos Humanos. Actualmente, en los Centros Carcelarios no existe la institucionalidad y mucho menos el cumplimiento de los deberes que tiene el Estado para garantizar la dignidad humana. Los detenidos han sido violentados en aspectos tales como la salud, alimentación, entre otros a través de un órgano burocratizado como lo es la USPEC. Los prisioneros no tienen oportunidad para la inserción en educación y, mucho menos para la generación de emprendimientos; ejes fundamentales para la verdadera resocialización.

Es el momento de que en este gobierno del cambio se introduzcan profundas transformaciones de la política criminal en cabeza del Ministro de Justicia y del señor Presidente de la República. Se debe propender porque las medidas sustitutivas sean verdaderamente utilizadas y las penas restaurativas sean incorporadas; no solo con fines de tipo de penas, si no también que sirvan a ese gran fondo para la resocialización de la población penitenciaria. Se debe buscar la eliminación de un ente que no aporta al país, pero si cuesta, como lo es la USPEC.

Considero la importancia de estructurar una política criminal integral, con miras a modificar el fundamento de las medidas sustitutivas y para mejorar el cumplimiento de la relación especial de sujeción. Se debe propender por un efectivo incremento en la vigilancia, el cumplimiento de las medidas establecidas, la creación de alternativas de resocialización para los penados, el fortalecimiento de la casa por cárcel y otras medidas sustitutivas; incluidas el cumplimiento de pena de los fines de semana, las granjas agrícolas, entre otras. Así mismo, se debe buscar la implementación de la ficha penitenciaria digital, con cumplimiento de libertades y redenciones inmediatas, y evitar el letargo que hoy representan los Jueces de Ejecución de Penas, figuras que hoy deben ser revisadas ante el Congreso de la República, debido a los mantos de duda que representa su gestión y poca ayuda en el deshacinamiento carcelario.

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