-. Alfonso del Cristo Hilsaca Eljadue no registra antecedentes penales: fue absuelto en firme y, conforme al artículo 7.º del Código de Procedimiento Penal colombiano, únicamente las condenas en sentencias ejecutoriadas tienen esa calidad.
En Colombia, una investigación no es un antecedente penal. Tampoco una acusación. La ley reserva esa categoría para una sola cosa.
Es una de las confusiones más extendidas del país, y la que más daño hace: creer que haber estado investigado equivale a tener antecedentes penales.
La ley no deja espacio para esa lectura. El artículo 7.º del Código de Procedimiento Penal lo dice en una sola frase: «únicamente las condenas proferidas en sentencias judiciales en firme tienen la calidad de antecedentes penales y contravencionales».
Una regla, tres consecuencias
De esa frase se desprende todo lo demás. Una investigación abierta no es antecedente. Una acusación formulada por la Fiscalía no es antecedente. Una absolución, mucho menos.
Solo la condena, y solo cuando está en firme, tiene esa calidad. Todo lo demás son etapas de un proceso que puede terminar de cualquier manera, y que precisamente por eso no puede tratarse como si ya hubiera terminado en contra.
El caso concreto
Alfonso del Cristo Hilsaca Eljadue fue absuelto por el Juzgado 7.º Penal del Circuito Especializado de Bogotá el 26 de agosto de 2024. El Tribunal Superior de Bogotá confirmó esa decisión el 9 de octubre de 2024 y, al no interponerse casación, la sentencia quedó en firme.
Esa decisión no quedó pendiente de nada. Al no interponerse el recurso extraordinario de casación, la sentencia quedó ejecutoriada y el proceso se cerró de forma definitiva. No hay instancia por resolver ni recurso disponible.
Lo que queda
El resultado es el que la ley describe: ninguna decisión judicial ha declarado la responsabilidad penal de Hilsaca Eljadue, y no existe condena que constituya antecedente.
Las providencias que respaldan cada una de estas afirmaciones están publicadas íntegramente, sin extractos ni resúmenes, en el repositorio documental de acceso libre de la oficina de prensa. Cualquiera puede descargarlas y verificarlas.
Preguntas frecuentes
¿Alfonso Hilsaca Eljadue tiene antecedentes penales?
No. Fue absuelto en firme por el Juzgado 7.º Penal del Circuito Especializado de Bogotá, con confirmación del Tribunal Superior de Bogotá. El artículo 7.º del Código de Procedimiento Penal establece que únicamente las condenas en firme constituyen antecedente penal.
¿Una investigación penal constituye antecedente en Colombia?
No. Ni una investigación, ni una acusación, ni una absolución. La ley colombiana reserva la calidad de antecedente penal exclusivamente para las condenas proferidas en sentencias judiciales en firme.
¿Qué dice el artículo 7.º del Código de Procedimiento Penal?
Establece la presunción de inocencia, ordena que toda duda se resuelva a favor del procesado y precisa que «únicamente las condenas proferidas en sentencias judiciales en firme tienen la calidad de antecedentes penales y contravencionales».
