_Entre la tarde y noche de este martes, el operativo de control se concentró en la revisión a las populares chivas en la entrada al barrio Bocagrande._
En cumplimiento de las directrices del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Establecimiento Público Ambiental, EPA Cartagena, con apoyo del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, retomaron los operativos de control de emisión de contaminantes por parte de vehículos o fuentes móviles terrestres, como parte de las estrategias para minimizar los índices de contaminación ambiental en la ciudad.
Con el uso de modernos equipos, se realizó la inspección de los vehículos o fuentes móviles terrestres, para verificar que sus emisiones no sobrepasen el máximo permitido por la normatividad y sigan generando contaminación ambiental. Esto se da muy a pesar que muchos automotores tienen certificación técnico-mecánica.
Varios estudios revelan que los vehículos son unos de los principales emisores de contaminantes como óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono, hidrocarburos no quemados, dióxidos de azufre, compuestos orgánicos volátiles y emisiones contaminantes en la ciudad. Es por ello que desde la Mesa Técnica de Aire y Ruido, que lidera EPA Cartagena, se ha dispuesto la realización de una serie de actividades tendientes al control de esos factores.
Entre la tarde y noche de este martes, el operativo de control se concentró en la revisión a las populares chivas en la entrada al barrio Bocagrande. Se lograron inspeccionar 7 de estos vehículos y por fortuna sus emisiones están en el rango permitido por la norma.
Con el apoyo de las pruebas técnicas de los modernos equipos del EPA Cartagena, el DATT impondrá la sanción a que haya lugar de presentarse emisiones excesivas visibles, como humos azules o negros, entre otras afectaciones al ambiente por parte de un vehículo.
Este trabajo coordinado entre autoridades se realiza en cumplimiento de la resolución 0762 de julio del 2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por la cual se reglamentan los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres con el objeto de proteger el ambiente, la salud, el derecho a un ambiente sano y la vida humana de los riesgos generados por los contaminantes provenientes de esas fuentes.