El Juzgado 11 Penal Municipal de Control de Garantías de Cartagenadeclaró la nulidad de una decisión anterior mediante la cual se había sancionado a la alcaldesa de la Localidad Industrial y de la Bahía (3), Yucelis Garrido, con cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, tras evidenciar vicios de procedimiento e imprecisiones en la tutela interpuesta por un ciudadano.
El caso se originó a partir de una acción de tutela presentada por el veedor Carlos Manuel Cruzante, quien alegaba presuntas irregularidades en un contrato de mejoramiento de viviendas y saneamiento básico en el corregimiento de Pasacaballos y la vereda Bajo del Tigre.
El pasado 29 de agosto de 2025, el juzgado había ordenado a la Alcaldía Local 3 dar respuesta de fondo en un plazo de 48 horas a una petición ciudadana relacionada con dicho contrato. Sin embargo, la alcaldesa demostró que la solicitud nunca fue recibida por los canales oficiales de la administración, ya que fue enviada a correos y contactos no institucionales.
Esa situación derivó en un aparente incumplimiento del fallo inicial y en una sanción impuesta el 25 de septiembre de 2025. No obstante, en su apelación y solicitud de nulidad, Garrido aportó pruebas documentales, registros de gestión y evidencia técnica, confirmando que la información sobre el contrato estaba disponible de forma pública en la plataforma SECOP II, y que no se había vulnerado el derecho de petición del ciudadano.
El despacho judicial, tras revisar el material probatorio, concluyó que existieron irregularidades procesales y declaró la nulidad del fallo de desacato, dejando sin efecto las sanciones impuestas.
“Siempre es gratificante cuando la justicia triunfa frente a campañas de desprestigio o señalamientos injuriosos hacia una gestión que, como nos comprometimos todos los alcaldes locales con el alcalde Dumek Turbay, debe ser transparente, legal y coherente con el Plan de Desarrollo Cartagena, Ciudad de Derechos”, expresó la alcaldesa Yucelis Garrido.
“Los ciudadanos, líderes y veedores tienen todo el derecho de ejercer control social, pero también la responsabilidad de actuar con rigor y veracidad. No se puede permitir que la desinformación induzca al error a las instituciones”, añadió.
En la acción de tutela finalmente desestimada, el ciudadano Cruzante había denunciado presuntos sobrecostos, contratación irregular de menores de edad y uso de materiales de baja calidad. El juzgado desestimó todas estas acusaciones, tras constatar que carecían de sustento técnico y jurídico.
Con esta decisión, la justicia ratifica la legalidad de las actuaciones de la Alcaldía Local 3 y refuerza el compromiso institucional con la transparencia, la rendición de cuentas y el cumplimiento estricto de la ley.