Cartagena

Nuevo Decreto: Motociclistas deben registrar conductores

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“El Distrito expidió el decreto 1579 del 15 de noviembre de 2022, que adopta las nuevas medidas de movilidad y seguridad relacionadas con la circulación de motocicletas con parrillero hombre en la ciudad”

“La prohibición de parrillero hombre se mantiene en los 8 barrios donde se venía aplicando la medida: Castillogrande, El Laguito, Bocagrande, Manga, Pie de la Popa, El Cabrero, Crespo, y Alto Bosque”

La Alcaldía de Cartagena expidió esta tarde el Decreto 1579 del 15 de noviembre de 2022, por medio del cual, se adoptan nuevas medidas para la circulación de motociclistas con parrillero hombre en la ciudad, entre esas el registro obligatorio de conductores.

Con esta nueva normativa queda derogado el Decreto 1542 del 4 de noviembre de 2022, que prohibía el parrillero hombre en toda la ciudad y quedan vigentes las siguientes medidas:

1. Registro de conductores es indispensable

Se permitirá la circulación de motos con parrillero hombre en las vías donde no haya restricciones, siempre y cuando los conductores se inscriban y registren en la página web del Distrito en el enlace: bit.ly/motosCartaqena o https://ee.cartaqena.qov.co/x/QUFqTFa5 (los enlaces estarán habilitados tan pronto concluyan las acciones que restablezcan la sede electrónica del Distrito, la cual recibió un ataque cibernético en las últimas horas, diligencien la encuesta de caracterización socioeconómica de conductores de motocicletas en Cartagena y cumplan con todos los requisitos de ley para circular.

Todos los conductores de motos, independientemente si son mototrabajadores o no, deben hacer este registro. Para cumplir con este requisito se tendrá un período pedagógico, comprendido entre el día 15 de noviembre de 2022, hasta el día 19 de noviembre de 2022.

Es de resaltar que, en dicha base de datos queda inscrita la información del conductor, placa de la moto con foto adjunta, y tarjeta de propiedad.

2. *Sigue prohibición de parrillero hombre en 8 barrios:*

Como segunda medida del Decreto 1579, se mantiene la prohibición de la circulación de motocicletas, incluyendo los cuatrimotos, tricimotos y motocarros, en las vías de los barrios Castillogrande, El Laguito, Bocagrande, Manga, Pie de la Popa, El Cabrero, Crespo, y Alto Bosque.

No obstante, con el fin de facilitar la circulación hacia otros sectores de la ciudad, solo se permitirá el desplazamiento con parrillero hombre por las siguientes vías:

– Desde el Anillo Vial, toman por el túnel de Crespo hasta el retorno del nuevo puente del túnel hacia Torices por el puente Alfonso Romero Aguirre.

-Desde la Avenida Pedro de Heredia, toman por la Avenida Luis Carlos López (Puerto Duro) hasta la intersección con la Avenida Daniel Lemaitre, Avenida Concolón, hasta la hasta la Calle 30 (Puente Heredia).

– Desde el Puente Heredia (Calle 30) desde la intersección con la Calle de la Media Luna hasta la Carrera 17 (en ambos sentidos).

– Por Avenida del Lago, entrando por la Transversal 17A, sigue por la intersección con el Puente Las Palmas hasta la intersección con el Puente Jiménez.

Excepciones

Los funcionarios y personas que se movilicen en motos y trabajen en Organismos de Seguridad del Estado, Fuerzas Militares; Armada Nacional; Policía Nacional; Cuerpo Técnico de Investigación CTI de la Fiscalía General de la Nación; organismos con  funciones de policía judicial; Autoridades de tránsito y organismos de socorro, estarán exentos de las restricciones del decreto, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones y porten carnet original vigente.

Es de resaltar que las nuevas medidas fueron concertadas el pasado viernes, 11 de noviembre, día en que se logró un acuerdo entre el Distrito y los líderes de las agremiaciones de mototrabajadores.En la mañana de hoy, se evaluaron y aprobaron las medidas en Consejo de Seguridad Local.

Desde el Distrito se invita a los motociclistas de la ciudad a cumplir con estas normas para evitar sanciones y a continuar el proceso de caracterización para poder circular con parrillero.

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