Opinión

La APP Corredor Portuario y su revocatoria

5 Minutos de lectura

En días pasados, el señor alcalde de Cartagena, Dr. William Dau Chamat, dio a conocer a través de las redes sociales, su decisión unilateral, mediante la Resolución 5909 del 30 de septiembre de 2022, de revocar la Resolución 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019, por medio de la cual se adjudicó el proyecto de la APP Corredor Portuario a la oferta presentada por el originador Ante eso, como fui quien tomó la decisión en esa época quiero manifestar lo siguiente:

• No dejé firmado contrato alguno, como se ha venido manifestando de manera equivocada en las redes sociales. El tramite llegó hasta la expedición de la resolución de adjudicación, después de abrir la convocatoria donde no se presentó ningún otro proponente y de surtir todos los trámites correspondientes, de acuerdo con las normas legales, para presentar los estudios de prefactibilidad y factibilidad de la APP era obligatorio, entonces, firmar el acuerdo de voluntades, reitero, cumpliendo con la preceptuado en la Ley 1508 de 2012. Entonces, el gobierno entrante debía decidir si continuaba con el trámite o firmaba el respectivo contrato.

• Para los abogados, es de elemental conocimiento, que para hacer una revocatoria directa, se necesita el consentimiento del privado que resultó escogido y acordado en la resolución, y entiendo que en estas circunstancias, esta situación no se ha dado; o que  sea un acto manifiestamente contrario a la constitución, a la ley o al estatuto de contratación, lo cual es fácilmente comprobable, dado porque todas las acciones judiciales han resultado favorables a la Resolución 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019 hasta el momento.

Quiero manifestar que el Tribunal Administrativo de Bolívar en julio del 2020 declaró fundadas las objeciones y manifestó que el alcalde de la época, es decir, el suscrito, había actuado dentro de los parámetros y exigencias de la Ley con las facultades que tenía.

Sobre lo que se aduce, respecto a que no se podía otorgar una concesión sobre otra, la Resolución 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019 es clara al expresar que este proyecto comenzaba, una vez se diera el cumplimiento de la Tasa Interna de Retorno (TIR) para los actuales concesionarios del Corredor Vial. Por eso, carece de toda veracidad el argumento expuesto por el Sr alcalde, pues las dos concesiones, no se traslaparían en el mismo tiempo. Es decir, en este aspecto, son completamente falsos los argumentos de la revocatoria.

Otra mentira que se ha venido manifestando con insistencia, pero sin probarlo, es que el nuevo proyecto de la APP Corredor Portuario contemplaba la instalación de dos peajes adicionales, hecho este que es completamente falso. El nuevo proyecto se financia con los peajes existentes, además que el proyecto mantiene la misma filosofía de cobro. Sólo se paga una vez por ingresar al Corredor Vial. Así se instalen nuevos puntos de control, sólo se pagaría una vez por ingresar al corredor. En caso de no aceptar este mecanismo de financiación, se debió por los menos explorar otros posibilidades tratando de concertar con el originador del proyecto, y según lo leído en la prensa, fue nula esa intención por parte de la administración distrital.

Tengo que advertir que es evidente el deterioro que han sufrido las vías de la ciudad, especialmente en el barrio Manga, lo cual se origina por el alto crecimiento automotor y de carga que las usan, y que no se le invierte en su mantenimiento. El Corredor Portuario contempla la solución para el puente Las Palmas y el diseño en fase 3 de la conexión manga-Bocagrande , el cual solo por mencionar un ejemplo, ya estuviera construido. La Quinta Avenida de Manga solo contempla 2,2 kilómetros del total del proyecto que suma más de 60 kilómetros en vías, lo que representa grandes beneficios en materia de empleo, urbanismo y movilidad. La gran pregunta es ¿Con cuáles recursos van a mantener las vías del Corredor Portuario? Será que pretenden destinar el presupuesto de educación, salud y vivienda de la gente más necesitada, para mantener las vías a los privados, teniendo en cuenta que el Sr Alcalde ha manifestado públicamente que no tiene recursos para hacer grandes obras.  Ahora, si ya es una decisión que se va a renunciar al proyecto por la forma de financiarlo, reitero se han debido buscar otras alternativas de retorno de la inversión y no desestimar de manera ilegal el proyecto. Doy como ejemplo, la ciudad de Barranquilla que desde el 2014 tiene su Corredor Portuario con un peaje interno en el sector de Barranquillita y en 2019 pagaban 7400 pesos en el peaje.

Solo por mencionar algunas ventajas expresadas por el Banco Mundial para la financiación de obras públicas por el sistema de APP, les transmito lo siguiente:

• Las APP permiten una planeación eficiente de los recursos fiscales, ya que no exige inversión pública; Permite sinergia entre el sector público y el privado; Mejora la gobernabilidad y transparencia, ya que establece claramente los entregables del proyecto. Mitiga los riesgos del proyecto al trasladarle al privado lo de su competencia. El costo del proyecto incluye el mantenimiento de los activos y trae una mayor innovación en el diseño, construcción y operación de la infraestructura. Además, el privado sabe bien, que una obra de alta calidad, exige menores costos de mantenimiento en el tiempo y que es su responsabilidad, visión esta que no la comparte la contratación estatal para las obras publicas en las licitaciones respectivas.

Continuando con sucedido con la revocatoria, considero respetuosamente que es un acto de irresponsabilidad en materia jurídica, el cual desafortunadamente, puede traer graves consecuencias fiscales para el Distrito y es una lástima no aprovechar la inversión privada de más de $2 billones, donde el Distrito no coloca un solo peso. Además, se generaban 5400 mil empleos y se daba una gran solución a la movilidad, en el corto y mediano plazo.

Entre los beneficios de la APP Corredor Portuario, hay un aporte significativo para la reactivación de la economía en época de postpandemia ya que no requiere desembolso de recursos públicos, lo que permitirá que éstos se puedan destinar para otras necesidades prioritarias de la ciudad. Además, un porcentaje de los ingresos del proyecto serán para el Distrito, quien podrá disponer de ellos para para generar una mayor implantación de una nueva infraestructura vial para el Distrito, con sistemas de construcción amigables con el medio ambiente, nuevos puentes peatonales, nuevo Urbanismo y zonas verdes (Andenes, Parques), ciclorutas y articulación con el sistema de Transporte Masivo Transcaribe, entre otras. Es una lástima se pierda esta gran oportunidad y no se presente solución alguna a los problemas de infraestructura y movilidad, situación que se ve agravada con el crecimiento poblacional y urbanístico de la ciudad. Pienso que los que se oponen al proyecto, se les debe respetar su opinión, pero sería bueno conocer, que alternativas serias, concretas, técnica y financieramente viables proponen.

Noticias relacionadas
CartagenaOpinión

El Derecho como Herramienta de Transformación Social: Lecciones del Primer Simposio de Derecho Procesal Civil de la Universidad de Cartagena

2 Minutos de lectura
El jueves 14 de noviembre, la Universidad de Cartagena fue escenario del Primer Simposio de Derecho Procesal Civil, organizado por estudiantes de…
CulturalOpinión

“Noviembre Emblemático 2024": Arte con sentido festivo

1 Minutos de lectura
Las recientes Fiestas de Independencia de Cartagena ratificaron que son la expresión del sentir popular y reflejo de autenticidad cultural e identidad…
Opinión

¿Qué ha ocultado el POT a lo largo de la historia?

2 Minutos de lectura
La regulación del uso del suelo en cualquier parte del país debe armonizarse con el medio ambiente, la geografía, los riesgos, la…
Suscribete y entérate al instante de las noticias más recientes