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Opinión

Las competencias dormidas de Cartagena

10 Minutos de lectura

Hace poco escribí sobre algunas de las leyes especiales que Colombia ha expedido para Cartagena y que, pese al paso de los años, todavía esperan un desarrollo más pleno. Allí mencionaba normas concebidas para reconocer nuestra singularidad histórica, cultural e institucional y planteaba una reflexión sencilla: las leyes no fueron hechas solamente para celebrarlas cuando se aprueban, sino para cumplirlas y convertirlas en realidad.

Quiero continuar esa temática desde otra perspectiva.

Ya no solamente desde las normas que deben desarrollarse, sino desde las competencias que esas mismas normas le han reconocido a Cartagena y las dificultades que, en la práctica, enfrenta la ciudad para ejercerlas plenamente.

Por mi humilde experiencia en el Legislativo y en el Ejecutivo, he podido conocer de cerca una realidad frecuente de nuestro Estado territorial: una cosa es que la Constitución o la ley reconozcan una competencia y otra, muy distinta, disponer de todos los instrumentos y de la autonomía administrativa necesarios para ejercerla de manera efectiva y oportuna.

Por eso considero especialmente propicio plantear este tema ahora.

Colombia inicia un nuevo Gobierno Nacional que ha expresado su propósito de acercarse a las regiones, escuchar a gobernadores y alcaldes y construir con los territorios buena parte de su agenda.

Creemos en ese propósito y debemos aprovechar esta nueva etapa.

Durante los últimos cuatro años, distintos mandatarios territoriales expresaron públicamente dificultades en la interlocución y articulación con el Gobierno Nacional que finalizó. También lo hizo el alcalde de Cartagena frente a diferentes asuntos de interés para nuestra ciudad.

No corresponde ahora reabrir esas controversias ni buscar responsables. Por el contrario, el comienzo de un nuevo Gobierno representa una oportunidad para construir una relación diferente entre la Nación y sus territorios.

Cartagena podría aprovecharla para poner sobre la mesa una agenda que vaya más allá de solicitar obras y recursos: revisar, junto con la Nación, cómo hacer efectivas las competencias especiales que las leyes ya le reconocieron a la ciudad.

Son lo que podríamos llamar «las competencias dormidas de Cartagena».

No porque no se hayan querido ejercer.

Muchas veces, porque, aun existiendo una competencia territorial, su ejercicio depende de conceptos, permisos, autorizaciones, homologaciones o decisiones de distintas entidades nacionales.

El problema, entonces, no es únicamente quién tiene jurídicamente la competencia.

También debemos preguntarnos qué tan posible resulta ejercerla.

Una ciudad especial debe poder ejercer sus competencias especiales

La Constitución reconoce la autonomía de las entidades territoriales para gestionar sus intereses y establece que las competencias entre la Nación y los territorios deben desarrollarse conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad.

Cartagena tiene, además, una condición particular.

Somos Distrito Especial, Turístico y Cultural. No como un simple título honorífico, sino porque nuestra historia, nuestro patrimonio, nuestra condición marítima y portuaria, nuestra riqueza ambiental y nuestra vocación turística exigen instrumentos diferentes.

Precisamente por ello fueron expedidas normas como la Ley 768 de 2002 y, posteriormente, la Ley 1617 de 2013.

Cuando se leen detenidamente estas disposiciones, sorprende la cantidad de facultades que el legislador reconoció a los distritos y la enorme importancia que muchas de ellas tienen para Cartagena.

El problema aparece cuando pasamos de la norma a su ejercicio cotidiano.

Nuestro patrimonio: administrar, conservar… y pedir autorización

Cartagena posee uno de los patrimonios históricos más importantes de América.

Las murallas, los baluartes, las fortificaciones, el Castillo de San Felipe de Barajas y numerosos bienes históricos no solamente constituyen nuestra identidad. Forman parte del patrimonio cultural de la Nación y algunos integran el conjunto reconocido por la Unesco como Patrimonio Mundial.

La Ley 1617 de 2013 contiene disposiciones extraordinariamente importantes.

Sus artículos 97 a 104 establecen un régimen especial para el patrimonio de los distritos. El artículo 100 reconoce a las autoridades distritales atribuciones relacionadas con el manejo, administración y control de bienes pertenecientes al patrimonio histórico y cultural de la Nación ubicados dentro de su jurisdicción.

Y el artículo 101 va todavía más lejos: permite que las autoridades distritales asuman la administración de museos, castillos, fuertes, baluartes, murallas y otros bienes integrantes del patrimonio artístico, histórico y cultural de la Nación.

Es difícil imaginar una disposición más directamente relacionada con Cartagena.

Sin embargo, la legislación general de cultura conserva en cabeza de las autoridades nacionales importantes decisiones sobre los Bienes de Interés Cultural del ámbito nacional.

Aquí encontramos un ejemplo concreto de lo que pretendo plantear.

Cartagena puede administrar, conservar, invertir recursos y responder por importantes componentes de su patrimonio, pero, para determinadas intervenciones, incluso algunas relacionadas con su conservación y mantenimiento, debe adelantar trámites y obtener autorizaciones del orden nacional.

Es comprensible que un patrimonio de esta importancia tenga los más rigurosos controles técnicos.

La pregunta es si todos esos controles tienen que traducirse necesariamente en decisiones tomadas desde el nivel central.

Una ciudad puede necesitar realizar una reparación, un mantenimiento o una intervención necesaria para conservar un bien que administra y, aun teniendo los recursos y la capacidad técnica para hacerlo, debe surtir procedimientos ante autoridades nacionales antes de ejecutarla.

No se trata de pedir menos protección.

Se trata de preguntarnos:

¿Cómo protegemos mejor nuestro patrimonio permitiendo que Cartagena pueda actuar con mayor oportunidad, dentro de reglas técnicas previamente establecidas y concertadas con la Nación?

Hoy tenemos, además, un instrumento fundamental: un Plan Especial de Manejo y Protección para nuestro Centro Histórico y su Zona de Influencia, aprobado en junio de 2026.

Podría ser el momento adecuado para avanzar hacia una nueva etapa, en la cual las actuaciones ordinarias de mantenimiento y conservación puedan gestionarse con mayor autonomía desde Cartagena, reservando a la Nación aquellas decisiones que, por su trascendencia, realmente requieran su intervención.

Nuestras playas y nuestro mar

Una situación semejante, aunque jurídicamente diferente, ocurre con nuestras playas y nuestra zona costera.

La Ley 768 de 2002 reconoce competencias especiales a las autoridades distritales en razón de las particulares condiciones geográficas, ambientales, turísticas y portuarias de Cartagena, dentro de un régimen diseñado precisamente para dotar a estos distritos de facultades diferentes de las del régimen municipal ordinario.

En ese marco, existen competencias distritales relacionadas con determinados usos y aprovechamientos de las playas, que deben articularse con las atribuciones de DIMAR y las demás autoridades competentes.

La Ley 1617 también reconoce importantes competencias distritales sobre turismo y bienes de uso público.

Pero sobre un mismo territorio confluyen competencias de DIMAR, autoridades ambientales, Parques Nacionales y otras entidades del orden nacional.

Muchas de esas competencias son indispensables.

Colombia necesita una autoridad marítima nacional. La protección ambiental debe responder también a intereses nacionales. Y nuestros ecosistemas estratégicos requieren especial protección del Estado.

La discusión no consiste en desconocer ninguna de esas responsabilidades.

Consiste en preguntarnos si el modelo actual permite a Cartagena resolver, con suficiente autonomía, coordinación y oportunidad, los problemas cotidianos de su propio territorio.

Barú, Playa Blanca e Islas del Rosario

Tal vez ningún lugar refleja mejor esta realidad que Barú, Playa Blanca y las Islas del Rosario.

Allí confluyen turismo, protección ambiental, comunidades, playas, navegación, transporte marítimo, seguridad, servicios públicos, ordenamiento territorial y conservación de ecosistemas.

Y confluyen también numerosas autoridades.

Parques Nacionales tiene unas competencias.

DIMAR tiene otras.

Las autoridades ambientales ejercen las suyas.

Y Cartagena, pese a que todo ocurre dentro de su jurisdicción y repercute directamente sobre sus habitantes, su economía, sus visitantes y su principal actividad turística, debe actuar dentro de un complejo entramado institucional.

Un ejemplo reciente permite comprenderlo.

Parques Nacionales estableció, mediante una resolución nacional, un seguro obligatorio para el ingreso a determinadas áreas protegidas con vocación ecoturística, medida cuya aplicación comprende zonas de enorme importancia turística para Cartagena, como Playa Blanca y Corales del Rosario.

No pretendo discutir aquí si el seguro es conveniente o inconveniente. Proteger la integridad de nuestros visitantes es un propósito que todos compartimos.

Lo importante es la reflexión institucional.

Cuando una decisión de una autoridad nacional afecta directamente el funcionamiento turístico de un territorio, sus visitantes, comunidades, empresarios, trabajadores y autoridades locales, la participación de Cartagena en su construcción debería ser profunda y efectiva.

Ese debe ser el verdadero sentido de la concurrencia.

No que cada entidad ejerza aisladamente la parte de poder que la ley le asignó, sino que Nación y territorio construyan conjuntamente las soluciones.

Hasta para poner a rodar nuestros buses

Un ejemplo todavía más reciente, aparentemente muy diferente de los anteriores, demuestra que esta discusión no se limita al patrimonio, las playas, el mar o nuestros parques naturales.

También ocurre con el transporte.

El Distrito tomó la decisión de invertir importantes recursos para renovar la flota de Transcaribe y mejorar un servicio público que diariamente necesitan miles de cartageneros.

Los primeros nuevos busetones ya llegaron a Cartagena.

Sin embargo, todavía no pueden simplemente salir del puerto y comenzar a transportar pasajeros.

Como ha explicado públicamente el alcalde, los vehículos deben cumplir procesos de nacionalización, homologación, aprobación, inspección física, alistamiento y aclimatación, y pasar por distintas entidades del Gobierno Nacional antes de su validación definitiva.

Por supuesto, nadie propone eliminar los controles de seguridad, las normas técnicas, los procedimientos aduaneros ni las verificaciones necesarias para garantizar que un vehículo destinado al transporte público pueda operar con todas las garantías exigidas por la legislación colombiana.

Pero el ejemplo permite plantear una pregunta legítima:

¿Es posible simplificar, coordinar y agilizar esos procedimientos cuando se trata de vehículos adquiridos por una entidad territorial para prestar un servicio público que la ciudadanía necesita?

Desde la perspectiva del ciudadano, la situación resulta difícil de comprender.

La ciudad identifica el problema.

Consigue los recursos.

Compra los vehículos.

Los buses llegan a Cartagena.

Los usuarios los necesitan.

Pero todavía deben cumplirse sucesivamente procedimientos ante diferentes autoridades antes de que puedan entrar en operación.

Este caso demuestra algo que a veces olvidamos cuando hablamos de descentralización:

El centralismo también puede estar en los trámites.

No siempre consiste en que Bogotá tenga formalmente la competencia que reclama un territorio.

Puede consistir en que una autoridad territorial tenga la responsabilidad, los recursos y hasta los bienes necesarios para solucionar un problema, pero dependa de una cadena de decisiones administrativas nacionales antes de poder hacerlo.

Naturalmente, existen procedimientos nacionales indispensables que deben mantenerse.

Pero podemos preguntarnos cuáles pueden adelantarse simultáneamente, cuáles pueden simplificarse, cuáles podrían delegarse y cuáles podrían realizarse territorialmente bajo estándares nacionales previamente establecidos.

Descentralizar no significa eliminar controles.

Significa acercar las decisiones al ciudadano sin sacrificar las garantías que esos controles buscan proteger.

No son competencias abandonadas

Quiero hacer esta precisión porque la considero fundamental.

Cuando hablo de «competencias dormidas», me refiero precisamente a las dificultades que existen para ejercerlas plenamente, por más voluntad que exista.

Quien conoce la administración pública sabe que muchas veces tener una competencia escrita en una ley no significa disponer de todos los instrumentos necesarios para ejercerla.

Puede existir una competencia distrital y, simultáneamente, necesitarse el concepto de una autoridad nacional.

Puede haber una responsabilidad local condicionada por una autorización nacional.

Puede existir capacidad financiera para ejecutar una actuación y, sin embargo, depender de un procedimiento adelantado desde Bogotá.

Y pueden existir varias autoridades legítimamente competentes sobre un mismo territorio sin que estén suficientemente desarrollados los mecanismos para adoptar decisiones rápidas y concertadas.

Por eso algunas competencias permanecen dormidas.

No necesariamente porque Cartagena no haya querido despertarlas, sino porque nuestro diseño institucional hace difícil ejercerlas plenamente.

El centralismo también está en los procedimientos

Cuando hablamos de centralismo, solemos pensar en recursos.

Pero existe otra forma de centralismo, menos visible: la centralización de las decisiones administrativas y de los procedimientos necesarios para ejecutarlas.

Una entidad territorial puede disponer del dinero, del personal técnico, del proyecto y de la voluntad política para resolver un problema y, sin embargo, depender de decisiones tomadas a cientos de kilómetros de distancia.

Eso también merece revisión.

No basta con descentralizar competencias en las leyes si los procedimientos necesarios para ejercerlas continúan excesivamente centralizados.

La autonomía territorial no puede consistir solamente en elegir alcaldes y concejales o administrar determinados recursos.

Debe significar capacidad efectiva para resolver los asuntos propios del territorio, naturalmente dentro de la Constitución y la ley.

La autonomía sin competencias efectivas termina siendo una autonomía incompleta.

Una oportunidad con el nuevo Gobierno

Por eso considero especialmente oportuno plantear esta discusión ahora.

Comienza un Gobierno Nacional que ha manifestado su propósito de acercarse a las regiones y trabajar directamente con sus autoridades.

Debemos creer en esa voluntad y aprovecharla.

Cartagena no debería llegar a este nuevo escenario únicamente con una lista de obras o solicitudes presupuestales.

También debería llevar una agenda de autonomía y descentralización.

Una conversación franca entre el Gobierno Nacional y el Distrito para revisar qué decisiones pueden adoptarse más eficientemente desde Cartagena; cuáles deben continuar siendo nacionales; cuáles requieren verdadera concurrencia; y qué procedimientos pueden simplificarse sin disminuir ningún estándar de protección, seguridad o transparencia.

Ese sería un magnífico mensaje de confianza en las regiones.

Una idea también para nuestros congresistas

Y esta responsabilidad no corresponde solamente al alcalde ni al Gobierno Nacional.

Nuestros representantes a la Cámara y senadores tienen también una extraordinaria oportunidad.

Podrían promover, conjuntamente con la Administración Distrital, el Concejo, las universidades, los gremios y las organizaciones sociales, un gran inventario de las competencias especiales reconocidas a Cartagena.

Identificar cuáles se ejercen plenamente.

Cuáles existen jurídicamente, pero encuentran obstáculos administrativos para su ejercicio.

Cuáles requieren reglamentación.

Cuáles necesitan mejores mecanismos de concertación con la Nación.

Y cuáles, por la evolución institucional que ha tenido Cartagena, deberían ser objeto de una nueva descentralización mediante una reforma legislativa.

Podríamos construir así una verdadera agenda legislativa para la autonomía de Cartagena.

No para separar a Cartagena de la Nación.

Todo lo contrario.

Para hacer realidad el modelo de Estado descentralizado que consagró nuestra Constitución.

De las leyes a las competencias

En una reflexión anterior planteaba la necesidad de revisar algunas de las leyes especiales expedidas para Cartagena y preguntarnos cuánto de ellas hemos logrado convertir en realidad.

Esta es la continuación natural de aquella conversación.

Primero hablamos del cumplimiento de nuestras leyes.

Ahora debemos hablar del ejercicio efectivo de las competencias que esas leyes consagraron.

Patrimonio.

Murallas y fortificaciones.

Playas.

Turismo.

Bienes de uso público.

Barú.

Islas del Rosario.

Nuestro litoral.

Nuestro mar.

Nuestro transporte público.

Son asuntos demasiado importantes para el futuro de Cartagena como para que nuestra ciudad no tenga una participación decisiva en las soluciones.

No queremos menos Nación en Cartagena.

Queremos una Nación más cerca de Cartagena y una Cartagena con mayor capacidad para decidir oportunamente sobre sus propios asuntos.

El nuevo Gobierno ha hablado de gobernar con las regiones.

Aquí existe una oportunidad concreta para demostrarlo.

Nación y Distrito pueden sentarse a revisar una arquitectura institucional construida durante décadas y determinar qué debemos conservar, qué debemos coordinar mejor y qué estamos preparados para descentralizar.

Ese sería un verdadero ejercicio de autonomía territorial.

Sin confrontaciones.

Sin disputas políticas.

Sin desconocer las competencias nacionales.

Pero también sin resignarnos a que la descentralización sea solamente una declaración escrita en nuestras leyes.

Cartagena está preparada para asumir mayores responsabilidades.

Las normas ya contienen muchas de ellas.

Otras necesitan ser desarrolladas.

Y algunas seguramente tendrán que ser actualizadas por el Congreso.

El momento parece propicio.

Es hora de despertar las competencias de Cartagena.

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