Mediante decreto 1487 de 2024, el Gobierno Distrital unificó la rotación de pico y placa de taxi con vehículos particulares y motocicletas. Ahora su ciclo será trimestral, como los demás vehículos, y no mensual, como venía aplicándose y con los mismos dígitos de restricción.
El pico y placa de los taxis en esta rotación irá hasta el 03 de enero del 2025, en el horario comprendido entre las 6:00 am y las 6:00 am del día siguiente, de lunes a viernes, en todas las vías del Distrito de Cartagena de Indias, así:
Lunes, 5 y 6
Martes, 7 y 8
Miércoles, 9 y 0
Jueves, 1 y 2
Viernes, 3 y 4
Se exceptúan los días sábado, domingo y festivos.
Los taxis podrán circular durante la restricción únicamente para realizar labores de mantenimiento. Para ello deberán desmontar la silla trasera y llevar un aviso colocado en el vidrio frontal con la inscripción: “Vehículo en mantenimiento por Pico y Placa”.
Es de recordar que también el pico y placa de los vehículos particulares y motocicletas su periodo es hasta el 3 de enero de 2025 y los mismos dígitos de restricción de los taxis.