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El expediente abierto: la familia Hilsaca publica las sentencias y pide a los medios que actualicen sus notas 

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-. Las dos sentencias completas, sin extractos ni resúmenes, quedan disponibles para descarga. Y una petición concreta a las salas de redacción. 

-. La familia Hilsaca publicó en un repositorio de acceso libre las sentencias del 26 de agosto y del 9 de octubre de 2024 que absolvieron a Alfonso del Cristo Hilsaca Eljadue, y solicitó a los medios actualizar sus publicaciones con el desenlace del proceso.

Hay una asimetría que conoce cualquiera que haya pasado por un proceso penal en Colombia: la acusación es noticia y la absolución no lo es. La primera llega con titular; la segunda, cuando llega, aparece en un breve. 

La oficina de prensa de la familia Hilsaca abre desde hoy un repositorio documental de acceso libre con las decisiones judiciales del caso, publicadas íntegramente y en formato descargable. 

Qué contiene el repositorio 

La sentencia del Juzgado 7.º Penal del Circuito Especializado de Bogotá del 26 de agosto de 2024, que absolvió al empresario de los dos cargos formulados por la Fiscalía. Y la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá del 9 de octubre de 2024, que confirmó esa absolución al resolver las apelaciones de la defensa y del ente acusador. 

Se publican completas y sin edición. Ni extractos, ni fragmentos seleccionados, ni resúmenes interpretativos. Cada documento, tal como fue proferido, para que cualquier periodista o ciudadano lo lea y saque sus propias conclusiones. 

La petición a los medios 

Junto con la publicación, la oficina dirige una solicitud a las direcciones editoriales de los medios que informaron oportunamente sobre la apertura o el desarrollo de estos procesos: que sus publicaciones sean actualizadas con el desenlace, mediante una nota complementaria, un enlace o una anotación en la pieza original, conforme al derecho de rectificación y actualización previsto en el artículo 20 de la Constitución Política. 

La solicitud no comprende la supresión de contenido. «No hemos pedido ni vamos a pedir el retiro de notas veraces», señala la oficina. «Los medios informaron sobre un proceso judicial de interés público y estaban en su derecho de hacerlo. Lo que pedimos es distinto: que la publicación que informó la acusación informe también cómo terminó el proceso». 

Una nota que se queda en la mitad 

El argumento de fondo es sencillo. Una publicación que reportó el inicio de un proceso y nunca reportó su desenlace no es falsa en lo que dijo, pero está incompleta en lo que muestra. Y en materia penal la incompletitud nunca es neutra: siempre pesa sobre el mismo lado. 

Las solicitudes individuales, con identificación de cada publicación y el documento que soporta la actualización, se remitirán en los próximos días a cada medio por los canales formales. 

Preguntas frecuentes 

¿Dónde se pueden consultar las sentencias del caso Hilsaca? 

En el repositorio documental de acceso libre habilitado por la oficina de prensa, donde están publicadas íntegramente y en formato descargable las decisiones judiciales del proceso, sin extractos ni resúmenes. 

¿La familia Hilsaca pidió que se borren noticias? 

No. La solicitud dirigida a los medios es de actualización, no de supresión: que las publicaciones que informaron el inicio de los procesos informen también su desenlace, mediante una nota complementaria, un enlace o una anotación. 

¿Qué es el derecho de rectificación y actualización? 

Es la garantía prevista en el artículo 20 de la Constitución Política de Colombia, que permite exigir a un medio que corrija o complete una información. En este caso se invoca para que las notas publicadas incorporen el resultado final de los procesos. 

 

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